Tras años de negociaciones al fin se ha conseguido que empiece a dar sus primeros pasos un convenio colectivo de carácter estatal para las industrias del sector del metal, que aún por definir aspectos esenciales de todo convenio como son la jornada máxima, o el salario mínimo garantizado si ha conseguido que se establezca una norma única e igualitaria para todos los trabajadores y trabajadoras de este sector en todo el territorio español.
Firma de las organizaciones patronales y sindicales de mayor representación en el estado

Representantes de CCOO en la mesa de negociación
El pasado 24 de Marzo, CONFEMETAL, CCOO Y FICA-UGT, procedieron a la firma del II Convenio Colectivo estatal del sector del metal (pendiente de su publicación en el BOE) que será de aplicación en todo el territorio español sustituyendo en su vigencia y aspectos normativos al I Convenio estatal del sector de metal que vino a agrupar todas las disposiciones que estaban vigentes en el Acuerdo Marco del sector del Metal el cual quedó derogado desde ese momento.
Las partes han establecido un calendario de reuniones para continuar desarrollando aspectos aún pendientes de acordar para el próximo día 26 de Abril, tal como se recoge en el acta nº 1 de la comisión negociadora del convenio.
Estructura del articulado del convenio
El convenio firmado, tiene una vigencia de 1 año comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017, y consta de
XI Capítulos, que contienen 110 artículos a los que se les añaden:
X Anexos
III Disposiciones adicionales
VI Disposiciones transitorias
I Disposición derogatoria.
Ámbito de Negociación de Convenio estatal del sector del metal
En su Capítulo II Estructura de la Negociación colectiva, define el ámbito y los niveles de negociación del Sector del Metal, que es de aplicación en todo el territorio español y a todos los trabajadores comprendidos dentro de su ámbito funcional y personal. Definiendo el ámbito territorial y subsectorial, que comprende la negociación de los siguientes convenios colectivos:
- Los Convenios sectoriales actualmente existentes en el ámbito provincial.
- Los Convenios sectoriales que pudieran establecerse en el marco de una comunidad autónoma que sustituya a los provinciales.
- Los Convenios subsectoriales actualmente existentes, incluidos en el ambito0 funcional del II Convenio del sector del metal.
En el ámbito de las empresas comprende los convenios o acuerdos colectivos de eficacia general, actualmente existente o que se puedan acordar en una empresa o grupo de empresas.
Materias de competencia exclusiva al ámbito estatal de negociación
Son materias de competencia exclusiva reservada al ámbito estatal de negociación, según el artículo 84 del Estatuto de los Trabajadores, y dejando a salvo lo dispuesto en el mismo, las siguientes:

Crisol
- Periodo de Prueba.
- Modalidades de Contratación.
- Clasificación Profesional.
- Jornada máxima anual de trabajo.
- Régimen disciplinario.
- Normas mínimas en materia de prevención de riesgos laborales.
- Movilidad geográfica.
- Además se reserva para la negociación del ámbito estatal las siguientes materias comunes:
- Ámbito funcional.
- Estructura de la negociación del sector.
- Normas de concurrencia.
- Formación y cualificación profesional.
- Ordenación del régimen de la Fundación del Metal para la Formación, la cualificación y el empleo.
- Regulación de los órganos paritarios parta la prevención de riesgos laborales.
- Programas formativos y contenidos específicos en materia de riesgos laborales para los trabajadores de Sector del Metal, y para los trabajadores del Sector que trabajan en obras de construcción.
- Forma de acreditar la formación específica recibida por los trabajadores del sector del metal y de los trabajadores del sector que trabajan en las obras de la construcción, sobre prevención de riesgos laborales. Homologación.
- Diseño, ejecución y expedición de las tarjetas profesionales del Sector: TMP y TPC
- Procedimientos extrajudiciales para la resolución de conflictos.
- Regulación de materias y contenidos específicos de carácter subsectorial.
Competencias reguladoras de los niveles de negociación de ámbito inferior al estatal
Los convenios colectivos de ámbito inferior al estatal (incluido el convenio colectivo siderometalúrgico de la provincia de Sevilla) tendrán competencias para regular las materias no exclusivas del ámbito estatal. Las cuales son las siguientes:

Isabel Mora y Francisco Suarez firman las Tablas 2017 por CCOO
- a) Promoción en el trabajo
- b) Administración de la negociación colectiva.
- c) Criterios salariales.
- d) Ordenación de la jornada.
- e) Igualdad de oportunidades y no discriminación por razón de género.
- f) Fomento a la contratación indefinida
- g) Vacaciones anuales.
- h) Permisos, licencias y excedencias.
- i) Movilidad funcional.
- j) Medidas para favorecer la conciliación de la vida laboral, familiar y personal.
- k) Derechos sindicales y régimen de información y consulta en las relaciones laborales.
El convenio colectivo siderometalúrgico de la provincia de Sevilla, cuya vigencia termina el 31 de diciembre de 2017, a la finalización del mismo, vendrá obligado a cumplir lo establecido en este convenio estatal del sector del metal, y reducir su ámbito de negociación a lo establecido para las competencias de los niveles de negociación del ámbitos inferior al estatal enumerado anteriormente.
¿Que mas nos puedes explicar?, ha sido Genial encontrar mas explicaciones sobre este tema.
Saludos
Se sigue negociando con la patronal para darle continuidad al mismo, los convenios sectoriales provinciales, se estan adaptando poco a poco al objeto de ir a un convenio único a nivel estatal, teniendo en cuenta las dificultades, dada la variedad de entre otras cuestiones de salario y de jornadas existentes en cada provincia.
Un saludo.